miércoles, 28 de febrero de 2018










EDUCACIÓN Y SOCIEDAD 2017/2018
2ºA EDUCACIÓN PRIMARIA

Julia Ibáñez, Sabina Jiménez, Javier Martín


¿Una Universidad democrática?



PALABRAS CLAVES: Democracia, Participación, Institución, Estudiantes, Ciudadanía, Facultad


RESUMEN: En nuestro ensayo indicamos lo referido a una escuela democrática y los criterios a cumplir para que así lo sea, explicando la organización y composición  de la Universidad de Castilla La Mancha, centrándonos principalmente en la Facultad Educación de Cuenca. Así mismo, hemos señalado la participación estudiantil en los órganos de gobierno de nuestra Facultad.
Por último cabe destacar las aportaciones necesarias  para lograr una mejoría en la participación



SUMARIO: 1. Introducción. 2. Fundamentación teórica. 3. Conclusión. Bibliografía.


1. INTRODUCCIÓN

Este ensayo consiste en el análisis de un centro democrático según rige la Ley, en concreto, de la Facultad de Educación de Cuenca. Para ello, nos hemos ayudado del material proporcionado por la profesora y de los documentos donde se recogen los Estatutos de la Universidad de Castilla La Mancha y el Documento Oficial de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.


2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA

En primer lugar, definiremos una serie de conceptos fundamentales para un mejor entendimiento de nuestro ensayo:
  • DEMOCRACIA: La democracia es una forma de gobierno en la que la mayoría de los miembros políticos ejerce el poder. Esta es compatible con una monarquía, oligarquía o aristocracia en las que haya una clara división de poderes. En este tipo de sistema político, la democracia, todos y cada uno de los ciudadanos tienen el derecho de participar en su proceso de formación y en la toma de decisiones. (Molina, 1998)

    Para Marina y Válgoma (2000), la democracia ha ido evolucionando a lo largo de la historia, quedando conectada a distintos modelos sociales y a la experiencia comunicativa entre las personas.

    Según Rafael Feito (2009), en definitiva, la democracia no es un conjunto abstracto de ideas, sino una práctica cotidiana que se aprende ejerciéndola día a día, tanto en la escuela, como fuera de ella.

  • DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN: La democracia no sería posible sin la participación de la ciudadanía, siendo la participación la influencia de los individuos que forman la población y que colaboran en los procesos de decisiones democráticas.

    Con dificultad se puede hablar de democracia, si ni en la infancia y en la juventud se nos niega la posibilidad de participar en la política a destacables sectores de nuestra sociedad. Actualmente el tipo de enseñanza en las escuelas no promueve que los alumnos se interesen por la implicación democrática. (Feito, 2010).
  • CIUDADANÍA: La ciudadanía es una relación política entre un individuo y una comunidad política, donde el individuo es miembro con todo el derecho de esa comunidad y a la cual le debe lealtad firmemente. (Cortina, 1997).

    Formar parte de la ciudadanía viene siendo una cuestión complicada desde la Antigua Grecia. Actualmente se le pide a la ciudadanía dar opinión a conceptos más difíciles, por lo que la democracia verdadera requiere una ciudadanía culta, la cual es responsabilidad de la escuela, aunque no solamente de ella. (Feito, 2010)

  • ESCUELA DEMOCRÁTICA: Según Dewey (1995), una educación es democrática cuando se desarrolla entre los estudiantes un interés crítico y personal por lo social. Feito (2010), propone una serie de condiciones que se deben cumplir para que exista una escuela democrática:
    - Libre circulación de ideas.
    - Creer en las capacidades tanto individuales como colectivas de los alumnos.
    - Utilizar la reflexión crítica y el análisis para examinar ideas, problemas y políticas.
    - Mostrar interés por el bienestar de la sociedad.
    - Mostrar interés por los derechos de los individuos y de las minorías.
    - Entender la democracia como un conjunto de valores.
    - Organizar las instituciones sociales para impulsar y extender la forma de vida democrática. 
Hoy en día, el sistema educativo se rige por una serie de leyes, las cuales permiten que los centros educativos funciones de manera correcta. Esto ocurre ya que las escuelas y los centros estudiantiles se basan en un sistema democrático.

Centrándonos principalmente en los centros Universitarios, cabe destacar que su organización y composición está regulada por la Ley Orgánica 6/2001, 21 de diciembre, de Universidades.

Nuestro enfoque irá dirigido a la Universidad de Castilla La Mancha, la cual tiene unos propios estatutos que se adecuan a la anterior ley mencionada.

Según el artículo 6 de los Estatutos de la Universidad de Castilla La Mancha, esta se forma por Escuelas, Facultades, Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación. Según el artículo 8 de la LOU, las organizaciones de las titulaciones se encuentran divididas en las diferentes Facultades de las Universidades. La Universidad de Castilla La Mancha, se encuentra representada, según el Artículo 20 de Ley Orgánica 6/20014, 21 de diciembre, por el Rector, el cual se encarga de la dirección, gobierno y gestión de la Universidad.

Según el Artículo 52 del Estatuto de la Universidad de Castilla La Mancha, el Rector es elegido por la comunidad universitaria mediante elección directa y sufragio universal libre y secreto.

El mayor representante de las Facultades, es el Decano. Este se encarga de llevar a cabo la organización y dirección de las funciones y actividades desarrolladas en la Facultad. Preside los órganos de gobierno colegiados del centro y ejecuta los acuerdos tomados. Las funciones del decano están recogidas en el Artículo 80 del Estatuto de la Universidad de Castilla La Mancha. El artículo 81 de este mismo documento dicta que el decano es elegido por la Junta de Facultad.

La Junta de Facultad está representada por (Art.72):
 - El decano
- 20 representantes del personal docente del centro con vinculación permanente a la Universidad.
- 6 representantes del resto del personal docente del centro.
- 6 representantes del alumnado.
- 3 representantes de administración y servicios del centro.

De todas las funciones de la Junta de Facultad, cabe destacar: (Art. 71):
- Elección del Decano.
- Elaborar con la participación de los departamentos, los planes de estudio y su modificación.
- Evaluar los distintos cambios que se quieran realizar y su decisión.
- Aprobar la distribución de fondos asignados al centro.
- Fomentar evaluaciones de calidad en su centro y crear sus propios programas de calidad dentro del programa general de calidad de la Universidad.


3. CONCLUSIÓN

 Tras el análisis de las evidencias mostradas anteriormente, según rige la Ley Orgánica 6/2001, 21 de diciembre, de Universidades, la Facultad de Educación de Cuenca pertenece a una Universidad democrática, pero los alumnos no disponen del conocimiento suficiente para involucrarse en la participación en los órganos de gobierno, ya que solamente 6 alumnos de la Facultad aparecen en representación de la totalidad de alumnos en la Junta de Facultad, sin haber ninguna otra participación del alumnado en el ámbito democrático. Debido a esto, el alumnado restante no tiene la oportunidad de expresar su opinión en la toma de decisiones que se toman en la Facultad, quedando así parcialmente anulada.

Analizando lo dicho anteriormente, podemos ver, el escaso peso de la participación de los estudiantes en los órganos de gobierno de la Facultad, ya que estos solo están representados en la Junta de Facultad.

 Nuestra propuesta de mejora para una mayor participación del alumnado en los órganos de gobierno sería la realización de actividades para fomentar la participación de los estudiantes en la vida pública, promoviendo reuniones donde se les informe de manera detallada los procedimientos llevados a cabo y las decisiones tomadas por la Junta de Facultades, para fomentar su implicación en la misma.

Otra propuesta sería que los estudiantes que pertenecen a la Junta de Facultad organicen reuniones informativas, a la que todos los alumnos de la Facultad puedan asistir, en las que se informe de lo tratado en dicha Junta, para que así se tenga en cuenta la opinión del colectivo de estudiantes de la Facultad y no solo el de los 6 representantes.


BIBLIOGRAFÍA

-   Cortina, A. (1997). Ciudadanos del mundo. Hacia una teoría de la ciudadanía (3). Madrid: Alianza Editorial, S.A.
- Dewey, J. (1995). Democracia y educación. Madrid: Morata 
-  Estatutos de la Universidad de Castilla La Mancha (2015). Claustro Universitario de la Universidad de Castilla La Mancha. Toledo. 
-  Feito, R. (2010). Escuela y democracia. Política y sociedad, 47(2) 47-61. 
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (2016). Boletín Oficial del Estado No. 307. Jefatura del Estado.

- Marina, J.A y Valgoma, M. (2000). La lucha por la dignidad. Barcelona: Anagrama. 

- Molina, I. (1998). Conceptos fundamentales de Ciencia Política. Madrid: Alianza Editorial.







No hay comentarios:

Publicar un comentario

  JULIA IBÁÑEZ MONTEAGUDO Y SABINA JIMÉNEZ PARREÑO ÍNDICE 1. DEFINICIÓN DE AMPA .. 2 2. FINES DE LAS AMPAS   SE...